La AFIP ha anunciado desde hace un tiempo que se ya se puede solicitar la devolución del 35% para todos aquellos que compraron dólar ahorro o efectuaron gastos en el exterior con tarjeta en el último año.
Pueden solicitar la devolución del 35% todos los que han sido alcanzados por el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, como también aquellos que no lo están. Las fechas de reintegro y el proceso de solicitud dependen del tipo de contribuyente que seas.
Dependiendo del tipo de contribuyente hay distintos plazos de tiempo para pedir el reintegro:
-Empleados en relación de dependencia alcanzados por Ganancias: tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2022.
-Autónomos, alcanzados por Ganancias y Bienes Personales: tienen plazo hasta el 30 de junio de 2022, que es también cuando cierra el plazo para presentar la declaración informativa del período fiscal 2021.
-Monotributistas y otros contribuyentes no alcanzados por Ganancias: hasta fines de junio de 2022 que es cuando cierra el impuesto anual.
Podés leer: Dólar: AFIP deja de retener el 35% de Ganancias por turismo y gastos con tarjeta a algunos contribuyentes
La fecha del reintegro depende también del tipo de contribuyente que lo esté solicitando, se estima que las fechas serán las siguientes:
– Trabajadores en relación de dependencia alcanzados por Ganancias: el reintegro se le hará con el sueldo de abril. El reintegro lo debe hacer el empleador, que opera como agente de retención.
– Autónomos alcanzados por Ganancias y Bienes Personales: desde el 30 de junio de 2022, tras el cierre del plazo para presentar la declaración informativa del período fiscal 2021.
– Monotributistas y otros contribuyentes no alcanzados por Ganancias: el depósito se les concederá desde julio de 2022.
Si es la primera vez que solicitás el reintegro del 35% el procedimiento para comenzar a gestionarlo es sencillo. Lo fundamental es contar con clave fiscal y en el portal online de la AFIP tener la sección “Devolución de Percepciones AFIP”. Podés conocer más sobre este procedimiento haciendo click acá.
Todo los contribuyentes puede consultar las percepciones del 35% de adelanto de Ganancias por los gastos en dólares entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021 en el servicio del portal online de la AFIP llamado “Mis Retenciones”:
Por el momento solo existen dos impuestos vigentes sobre la compra de dólares para atesoramiento o gastos con tarjeta en moneda extranjera. Uno es el impuesto PAIS que agrega un 30% al precio final de las compras/servicios adquiridos; y el otro es la percepción adelanto de Ganancias que es un recargo del 35%.
Utilizamos cookies de terceros para mostrar publicidad relacionada con tus preferencias. Si continúas navegando consideramos que acepta el uso de cookies. Puede obtener más información en:
Politica de Privacidad