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Empleadas domésticas: los nuevos sueldos de las personas que ayudan en casa

El 1 de diciembre entró en vigencia el segundo tramo del aumento del 33% que se determinó a nivel nacional para las empleadas de casas particulares. Pasarán a ganar 7126,50 aquellas que hagan una jornada completa cama afuera.

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Con la llegada de diciembre, el sueldo del personal doméstico aumentó un 15 por ciento. Se trata del segundo tramo del aumento acordado en junio y oficializado en julio que otorgó una suba no acumulativa de 33 por ciento. Esto también impacta en quienes deben pagar por hora.

Los que pagan de manera mensual, deberán abonar el aumento del 1 al 10 de enero con el sueldo de diciembre.

Un punto importante es que el aumento se aplica también en el segundo medio aguinaldo.

Ahora, para las empleadas de tareas generales (categoría 5) con retiro, la hora pasó 57,50 pesos.  El valor mensual por 48 horas semanales es de 7.126,50 pesos. Para la categoría 4, cuidado de personas (niños, adultos mayores), con retiro, la hora sube a  61,50 pesos y por mes (48 horas semanales) a 7.924,50 pesos.

 

La AFIP ajustó el mecanismo para pagar y dar el recibo de sueldo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ajustó el mecanismo para pagar y darle el recibo de sueldo a las empleadas domésticas.

De acuerdo a lo publicado en el sitio web a cargo de Alberto Abad, el empleador podrá elegir entre generar los volantes de pago y el recibo mensual a través del Registro de Empleadores de la AFIP o seguir completando el Formulario 102/B (Formulario 102/RT desde octubre de 2014).

“La ventaja de hacerlo desde la web del fisco nacional con clave fiscal, o a través del homebanking, es que no se tienen que llenar uno por uno todos los ítems sino que se completa en forma automática (salvo algunos conceptos) porque los datos, tanto del empleador como del trabajador, ya van a estar registrados”, señalan los expertos agrupados en el Blog Mi Presupuesto Familiar.

“La contra es que con el denominado Volante Electrónico de Pago (VEP) sólo se puede abonar los aportes a través de medios electrónicos, no ir personalmente a un banco”, agregan los expertos.

Por ahora, se puede seguir utilizando como alternativa el formulario F102/RT, aunque en el futuro se podría eliminar.

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