La Cámara Nacional Electoral acaba de hacer lugar a la impugnación de la candidatura de Carlos Menem a senador nacional.
A pesar de que el Fiscal ante ese Tribunal, el Dr. Jorge Di Lello había aconsejado rechazar la impugnación y habilitar la candidatura -aduciendo que las sentencias contra Menem no se encontraban firmes- la Cámara invocó el precedente del año 2003, cuando rechazó la asunción como senador del correntino Romero Feris por motivos similares.
En esta columna anticipamos que un encuadre jurídico correcto de la cuestión sólo podía conducir a rechazar la pretensión de ser re-reelecto de quien está condenado por gravísimos delitos cometidos mientras era Presidente de la Nación. Citamos entonces el antecedente del caso Romero Feris que, justamente, recoge la decisión judicial de hoy.
Carlos Menem está condenado a siete años de prisión efectiva y 14 de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como autor de contrabando agravado de armas a Ecuador y Croacia. La sentencia del Tribunal Oral que lo juzgó fue confirmada por el máximo Tribunal en la materia: la Cámara de Casación Penal.
También está condenado a 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como autor de malversación de fondos públicos. Se refiere dicha condena al pago que Menem hizo, durante años, a altos funcionarios de su gobierno, de “sobresueldos” por un valor del orden de los 600 millones de dólares de aquella época. En ese caso la sentencia de fines de 2015 es del Tribunal Oral interviniente y el expediente está radicado en la Cámara de Casación Penal quien debe resolver si la confirma.
El del ex presidente es un caso emblemático de la corrupción sistémica que padecemos
Un delincuente declarado tal por delitos de semejante envergadura, cometidos durante el ejercicio de su mandato, pretendía volver a escudarse en fueros parlamentarios -por cierto, muy mal entendidos- mediante un nuevo mandato en el Senado.
Ha sido la dirigencia política -y el Senado de la Nación en particular- quien permitió este dislate durante años. Había razones de sobra para excluir a Menem del cuerpo en base al artículo 66 de la Constitución Nacional
Son quienes omitieron tomar la medida que la Carta Magna les brindaba y convivieron con el nefasto personaje los que deberían dar las explicaciones del caso.
Muchos de ellos -los gobiernos constitucionales anteriores en especial- protegieron con constancia al condenado ex presidente y usufructuaron su voto en cada ocasión en que lo precisaron. Los legisladores del actual oficialismo tampoco se hicieron cargo del problema ni pueden aducir haber actuado para resolver una situación tan absurda y dañosa para la democracia.
Por fortuna la Justicia ha puesto una mínima cuota de sensatez, algo de decoro que le evita a la sociedad argentina continuar con el vergonzoso espectáculo de ver sentado en el Senado de la Nación a quien delinquió desde el más alto cargo público, no una sino varias veces.
En definitiva, como dice el saber popular, al fin salió “un tiro para el lado de la Justicia”.
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