El 12 de julio, en Callejón El Sable al 300, barrio Las Delicias, norte de Santa Fe, a pesar de las restricciones que impone la cuarentena, se realizó un cumpleaños de 15 con 300 invitados. Se realizó en un lavadero de autos que fue acondicionado para tal fin.
Todos llegaron vestidos de gala, dejaron sus autos estacionados sobre la calle de tierra donde se encuentra el Lavadero San Expedito, y poco les importó despertar sospechas entre los vecinos, que miraban con desconfianza tanto movimiento.
Durante la madrugada, y ante los incesantes llamados al 911 y al 0800 de la Municipalidad de Santa Fe, agentes de las divisiones Cuerpos y Orden Público de la Unidad Regional Uno de Policía, junto a inspectores de la Secretaría de Control de la Municipalidad, llegaron poco antes de las 2. Se encontraron con que un numeroso grupo de de personas estaban violando el artículo 205 del Código Penal y detuvieron al padre de la quinceañera, que fue quien organizó el evento.
Como se trata de un delito que establece una pena excarcelable, la defensa del hombre –que permaneció demorado unas horas en la Comisaría 19– acordó con el fiscal Estanislao Giavedoni, de la Fiscalía Regional 1 de Santa Fe, la suspensión del juicio y una donación de 100 mil pesos destinada al Hospital de Niños Doctor Orlando Alassi.
“Tras realizar el depósito, el imputado asumió el compromiso de prestar servicios comunitarios en la municipalidad, en el marco de la labor que él desarrolla en el lavadero de autos. Esa probation, ahora deberá ser homologada por un juez de paz”, precisó el fiscal Giavedono, quien solicitará que el hombre “se encargue de lavar los autos de la Secretaría de Control Comunal, que fue la que participó del operativo esa noche, durante dos años y que se presente mensualmente ante el patronato de liberados”.
“La cantidad exacta de personas que había en el lugar nunca se pudo determinar porque no se hizo un conteo. Se trata de un lugar cuyas proporciones no demuestran que podrían haber ingresado 300 personas como dijo el testigo. Esa estimación no se llegó probar. Sí lo que puedo decir es que había muchas personas, muchas más de las 10 permitidas en ese momento por el Decreto Provincial Nº 47”, aseveró el fiscal.
Al momento de la realización de la audiencia imputativa, el jueves 6 de agosto, el fiscal ponderó “que desde el 12 de julio hasta esa fecha no haya habido un bote ni expansión de casos de COVID-19 que eventualmente podría haber tenido como origen esa fiesta” y procedió a hacer lugar al pedido de la defensa. Y aclaró que “si hubiese habido una propagación del virus tendríamos que hablar de la violacion del artículo 202 del Código Penal, en donde la pena sería de 3 a 15 años”.
A diferencia de la provincia de Buenos Aires, donde el acusado es llamado a indagatoria, en Santa Fe rige un sistema acusatorio y el hombre no tuvo la obligación de prestar declaración ante el juez. “Acá respetamos el silencio de la defensa, por lo que no le exigimos que brinde testimonio. Nosotros trabajamos con lo que podemos probar y durante esa audiencia solo le informamos su acusación”, concluyó el fiscal.
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