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Nueva reglamentación en la transferencia de autos y motos

La Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor dispuso una medida en las transferencias de autos y motos.

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La DNRPA (Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor) amplió el período de obligatoriedad en las verificaciones físicas de autos y motos para realizar transferencias. Son los autos inscriptos a partir del 1 de enero de 2001 y las motos de fabricación nacional inscriptos desde el 1 de enero de 2004. Esto se implementó el lunes pasado y la causa de esta medida es para saber si hay inconsistencias entra la documentación registral y lo que se observa en el vehículo.

Transferencia de auto o moto

Se trata del traspaso del dominio o de la titularidad de un vehículo a otra persona física o jurídica. Puede ser por compra o venta, donación y de sucesión o herencia.

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¿Qué es la verificación Física?

La verificación física consiste en poder revisar que lo más importante del número de motor, chasis y tipo de automotor coincida con la documentación de la unidad. Se realiza en plantas con peritos de las distintas policías del país, autorizados por la DNRPA. Esto no tiene que ver con la tan conocida VTV (Verificación Técnica Vehicular), que se debe realizar todos los años.

María Doro Urquiza, Directora Nacional de DNRPA, señaló que las medidas tomadas “están dirigidas a alcanzar, de manera más acabada, los estándares de seguridad jurídica que el Sistema Registral de Automotores debe brindarle a los ciudadanos y las ciudadanas”.

La DNRPA es un organismo que depende del Ministerio de Justicia y que tiene la facultad para chequear que los automotores no tengan cambios o adulteraciones en las partes que los conforman.

Además de esta nueva reglamentación, el organismo recordó que a también a partir del lunes pasado, las Cédulas Verdes que identifican a los autos y motos van a tener un año desde su expedición y no tres, como venía siendo con el Gobierno anterior.

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