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Coronavirus: los vuelos cancelados por la pandemia no tienen derecho a compensación en Europa

Bruselas dijo: “consideramos la situación actual dentro de las “circunstancias extraordinarias” que eximen a las aerolíneas de indemnización”…

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Los pasajeros de vuelos cancelados en Europa a causa de la actual pandemia de coronavirus no tendrán derecho a la compensación que recoge la normativa europea, según ha aclarado Bruselas, considerando a la situación actual dentro de las “circunstancias extraordinarias” que eximen a las aerolíneas de indemnización.

La Comisión Europea (CE) recoge esta indicación en sus guías sobre derechos de pasajeros publicadas este martes para tratar de armonizar el cumplimiento de las normativas en esta materia, mientras los Estados miembros están imponiendo  restricciones de viaje diversas y muchas aerolíneas están cancelando vuelos.

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Las medidas adoptadas por Bruselas van en línea con lo que habían solicitado las aerolíneas, un sector especialmente afectado por las restricciones de movimientos.

La normativa europea otorga compensaciones fijas a los pasajeros que sufran un retraso o una cancelación de su vuelo, que puede llegar hasta los 600 euros en función de la distancia y el origen y destino, pero advierte que éstas no se aplican a cancelaciones que se hagan con 14 días de antelación o aquellas causadas por “circunstancias extraordinarias”.

Se refiere a circunstancias que “no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables”, según la legislación, que apunta a casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo o riesgos para la seguridad

“La Comisión Europea considera que en el momento en el que las autoridades públicas toman medidas destinadas a contener la pandemia de COVID-19, estas medidas son por su naturaleza y origen no inherentes a la actividad normal de las aerolíneas y quedan fuera de su control”. En tal sentido, se dan tales condiciones “cuando las autoridades públicas prohíben directamente vuelos o el movimiento de personas de forma que no permita la operación de los vuelos”.

Los portavoces de la CE señalan que, en estas situaciones, puede ser legítimo que una aerolínea no espere hasta el final sino que cancele el vuelo con antelación y sin tener en cuenta los diversos derechos de cada pasajero, para poder tomar medidas organizativas y gestionar los “derechos de cuidado” de los pasajeros afectados, como su derecho a alojamiento y a comida. En este tipo de casos, “la cancelación aún puede ser considerada causada por la medida de las autoridades públicas”.

La salud del personal de la aerolínea también puede ser una causa justificada para que la cancelación del vuelo se considere “circunstancia extraordinaria”

En cualquier caso, el resto de formas de protección a los pasajeros seguirán aplicándose y, en el caso de un vuelo cancelado, el viajero continúa teniendo derecho a elegir entre un reembolso del precio del billete, ser recolocado en otro vuelo “a la mayor brevedad posible” o en un vuelo de un día posterior elegido por el pasajero.

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