El Gobierno anunció que en los próximos días la AFIP comenzará a devolver el 35% de retención a cuenta de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales por dólar ahorro a unos 150.000 monotributistas que tienen sus trámites aprobados desde agosto pasado.
Se estima que la nueva medida representa unos $1.900 millones que retuvo la AFIP como resultado de operaciones cambiarias para atesoramiento o consumos en moneda extranjera con tarjeta durante el período correspondiente al año 2021.
La devolución se va a acreditar a través de transferencias a las cuentas bancarias que los beneficiarios tienen informadas ante el organismo. Quienes estén interesados en cobrar las devoluciones deben saber que solamente están habilitados los contribuyentes del régimen simplificado que no paguen Ganancias ni Bienes Personales.
Pero las transferencias no se ejecutan rápidamente, sino que ocurren una vez que la AFIP se asegura que el contribuyente cumple con todos los requisitos para el reintegro del 35%. Pueden no acceder al beneficio todos aquellos que posean deudas o no hayan hecho la declaración jurada de bienes ante el ente regulatorio. De todas maneras, estos últimos pueden solucionar el problema en la misma página de la AFIP.
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En la página web de la AFIP se encuentra disponible la devolución del 35% del impuesto en la compra de dólar ahorro para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales.
El trámite es fácil y solo necesitás de ingresar a la web de la AFIP y estar habilitado tanto como los monotributistas o como trabajador en relación de dependencia.
Para que tengas en cuenta, la devolución del 35% corresponde a los recargos que se aplican sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta. Justamente, la medida alcanza también a los servicios abonados con moneda extranjera como lo son Netflix, Amazon, Spotify u otros servicios similares.
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Si o si para comenzar el trámite, el ciudadano debe contar con una clave fiscal. Para iniciar el proceso vas a tener que entrar en la página web de la AFIP e iniciar sesión con tu CUIT y clave fiscal.
Una vez ingresado, vas a ir a la opción “Administrador de relaciones de clave fiscal”. Y clickear en “Nueva relación”. Allí se despliega un listado con el logo de AFIP y hay que optar primero por la categoría en que se encuentra el contribuyente, es decir, elegir si es monotributista o trabajador en relación de dependencia.
Para que el trámite se pueda ejecutar, se necesita que el contribuyente le informe previamente a la AFIP cuál es su CBU de la cuenta bancaria en la que el organismo fiscal debería hacerle el depósito del reintegro.
A continuación, en tu portal del usuario de la AFIP, vas a ir a “Devolución de percepciones” y elegir la opción “Impuesto PAIS”. Y allí el usuario podrá ver las retenciones que el sistema ya tiene cargadas (los gastos que has efectuado en tarjeta y a los que se les cobró el recargo).
Si en el paso anterior notás que hay gastos que efectuaste que no figuran en la lista, no te preocupes porque vas a encontrar allí mismo una opción para agregar faltantes.
Si este es tu caso, la página te va a solicitar la fecha y el número de factura correspondiente o la referencia que figura en el resumen de tu tarjeta. Cuando hayas terminado de cargar la información que faltaba, clickeás la opción “Enviar” y automáticamente la página te redirigirá a un “acuse de recibo”.
Ya hechos todos los pasos anteriores y estando seguro de que cargaste toda la información respecto de tus gastos, la AFIP revisará y constatará si el pedido de reintegro del 35% se te puede ser dado.
Si cumplís con todos los requisitos, el ente regulatorio te informará cuándo te hará efectiva la devolución del 35% sobre el dólar ahorro. Si querés estar atento a esto podés fijarte en la solapa “Mis aplicaciones web” el seguimiento del trámite y ver en qué estado está la devolución.
Se estima que la devolución del dinero no debería superar los 90 días. Si se excede de esta fecha, deberás contactarte con las oficinas o con el servicio de atención al contribuyente.
Una vez asegurado todo, la AFIP te depositará el monto correspondiente en tu cuenta de Clave Bancaria Uniforme (CBU) que deberás haber informado previamente. Al recibir el depósito vas a tener que constatar que corresponda con los gastos efectuados y en el caso de que esté todo en orden, ¡listo! ya tenés el reintegro del 35%.
Aunque la medida exime a quienes pagan ganancias, hay una posibilidad de que apliquen a la posibilidad de reintegro. Para esto van a tener que tener la declaración anual de Ganancias hecha y si todo está correcto (no hay irregularidades) el contribuyente puede solicitar la devolución.
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