Recuperar lo robado: la deuda pendiente en la lucha contra la corrupción

El recupero de activos es una asignatura pendiente, urgente e indispensable para avanzar en un proceso que genere un cambio verdadero y sostenible.
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La Justicia Federal en lo Penal parece haber “despertado” de un largo letargo. Causas que durmieron durante años se activan, de repente, a ritmos insólitos, sacudiendo el polvo de un sistema procesal arcaico y por completo ineficiente, entre otros múltiples y graves defectos.

En los últimos días, el repentino movimiento se dio en un contexto de show mediático que en nada contribuye a mejorar el funcionamiento de las instituciones ni a permitir una mejor valoración de los jueces. Sin duda, es un tema a debatir y considerar porque el cambio profundo que la sociedad demanda debe partir de la plena vigencia del Estado de Derecho democrático y no puede para ello haber “atajos” que, en definitiva, contribuyen a deteriorar su esencia.

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Pero hay algo que debemos volver a poner sobre la mesa, con más énfasis que nunca, y es la otra gran deuda pública que está en el centro de los reclamos de la sociedad y es la de recuperar el dinero de la corrupción.

Resulta urgente avanzar en el recupero de los activos detraídos al Estado por la corrupción, materia en la cual poco y nada se ha hecho en la Argentina

Por qué es clave recuperar lo robado

El recupero de activos es fundamental por muchas razones. Es imperioso que el Estado ejerza rápidamente las acciones tendientes a que todos los partícipes de actos de corrupción, los funcionarios y sus cómplices, los corruptos y los corruptores, devuelvan las sumas mal apropiadas o los beneficios ilegalmente obtenidos. Es una fuerte exigencia del común de la gente y una asignatura pendiente que hay que encarar sin demora.

La experiencia del “lava jato” brasileño exhibe como un gran logro el recupero de varios miles de millones de dólares como producto de la intensa y fructífera labor de sus Tribunales, en particular del Juez Sergio Moro y el equipo de fiscales que lo acompaña.

Esa tarea no requiere necesariamente en nuestro país de normas nuevas, más allá de la evidente utilidad práctica que tendría la aprobación de la muy demorada ley de extinción de dominio, cuya sanción sigue trabada en el Senado de la Nación y debe ser sancionada cuanto antes

Así, por ejemplo, la Sindicatura General de la Nación y los servicios jurídicos de cada repartición pública tienen, entre sus funciones, la de controlar todo acto que genere o pueda generar perjuicios al Estado, determinar tales perjuicios y reclamar su resarcimiento. Dichos daños pueden provenir de actos de corrupción como también haber sido causados por dolo (esto es, intencionalmente) o incluso por culpa grave de una mala gestión de los funcionarios, obligados a responder por ella.

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Los juicios civiles para que el Estado sea indemnizado no están sujetos a que los causantes de los daños sean condenados penalmente. Esto implica que no hace falta, en absoluto, aguardar que se tramiten las interminables causas penales (14 años de duración promedio en materia de corrupción).

Es posible reclamar ya la inmediata devolución del dinero robado o la indemnización de los daños causados

Si algún debate podía plantearse antes de la vigencia del actual Código Civil y Comercial de la Nación, este cuerpo legal lo dio por concluido en sus artículos 1774 y 1775. Hoy se trata de instrumentar una política eficaz y organizada para promover cuanto antes las acciones correspondientes.

No es éste el espacio adecuado para una larga fundamentación jurídica. Pero, tal como desarrollamos en un extenso trabajo publicado en el diario La Ley, en noviembre de 2007 (y actualizado luego varias veces), existen todas las herramientas legales necesarias para que el Estado sea resarcido por los daños causados por los funcionarios corruptos o incluso por los que incumplían sus obligaciones esenciales.

 

Desde ya que ello es igualmente obvio con respecto a sus cómplices, a quienes pagaron sobornos y a los que se beneficiaron cobrándonos a todos los ciudadanos sobreprecios indebidos (cuando no precios por obras o servicios no realizados), todo ello habitualmente basado en actos corruptos.

Comenzar a recuperar las enormes sumas mal habidas por corruptos y corruptores es mucho más que un acto de indispensable justicia

Recuperar lo robado es reintegrar al patrimonio del Estado fondos necesarios para atender sus obligaciones básicas con la sociedad, para proveer a la educación, la salud, el trabajo y la infraestructura de obras y servicios que precisamos y merecemos. Además, es la mejor forma de prevenir la corrupción hacia el futuro, advirtiéndole a todos los posibles partícipes en actos corruptos que no sólo se los perseguirá penalmente sino que deberán devolver, con intereses, hasta el último centavo mal apropiado.

En esta época, donde el dinero ocupa un lugar de tanta relevancia y con directa vinculación con el poder, la idea de que el Estado es capaz de reclamar que se le devuelva lo robado -repitámoslo, robado a todos y cada uno de nosotros- sería una invalorable herramienta para desbaratar una corrupción que hace tiempo ha demostrado ser sistémica.

 

  • Alejandro Drucaroff Aguiar es abogado, especialista en ética pública.