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Cómo votar si sos argentino y estás en el extranjero

Los ciudadanos argentinos residentes en el exterior pueden ejercer su derecho al voto. La novedad del 2019 es que pueden hacerlo por correo. Quiénes pueden votar y cómo hacerlo.

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Si sos argentino y vivís en el exterior podés votar de manera muy sencilla para las elecciones de octubre de 2019. Te contamos quiénes pueden votar y cómo hacerlo.

Los argentinos que residan en el extranjero y hayan hecho el cambio de domicilio antes del 30 de abril del 2019 por vía consular a su nuevo lugar de residencia, pueden votar en las elecciones del 2019.

Si sos Argentino y vivís en el exterior pero hiciste el cambio de domicilio en tu DNI y figurás en el padrón, podés votar en las elecciones generales

La novedad para este año es que se podrá votar por correo postal previa inscripción en el consulado o por medio de la pagina web.

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Votar desde el exterior: requisitos

  • Tener cumplido los 16 años o más.
  • Tener el cambio de domicilio hasta el 30 de abril.
  • No estar inhabilitado legalmente.
  • Figurar en el padrón electoral.

Los ciudadanos que hayan cumplido con todos estos requisitos de la legislación nacional electoral, son incluidos automáticamente al Registro de Electores Residentes en el Exterior, aunque tendrán el derecho de ser excluidos del mismo.

La Cámara Nacional Electoral elaboró un instructivo que podés descargar ingresando al siguiente link.

¿Cómo se consulta el padrón para residentes en el exterior?

Debés ingresar a www.padron.gob.ar.

¿Cómo se vota desde el exterior?

Se puede votar directamente en la Embajada o Delegación Consular donde figures en el padrón. Otra opción es en el Correo Postal.

¿Cómo se vota en el Consulado o en la Representación Consular?

Si decidís votar directamente en la Embajada o Consulado, debés presentarte en dicha entidad con DNI de 8:00 a 18:00 hs.

¿Cómo se vota por Correo Postal?

Si decidís votar por el correo tenés que inscribirte previamente hasta el 29 de Julio de 2019. Lo podés hacer de forma personal en la Embajada o Consulado o de forma on-line.

Luego, la Justicia Nacional Electoral, le enviará al elector un sobre con toda la documentación necesaria para que el ciudadano pueda emitir su voto. Una vez realizado el voto, el elector deberá enviar el sobre a la Representación Consular correspondiente.

Se debe tener en cuenta que el sobre deberá ser recibido por el Correo Postal antes del 23 de Octubre de 2019. También estará la opción de depositar el sobre en los buzones que habrá disponible en las entidades consulares

Los sobres recibidos después del 23 de octubre serán destruídos. Una vez que estés inscripto en el padrón para votar a través del Correo Postal, no podrás votar en forma presencial en la Embajada o Consulado.

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¿Se utilizan las mismas boletas que en el territorio argentino?

No. En el territorio argentino se utiliza la boleta partidaria, en cambio en el exterior se utilizará la boleta única.

Los electores incluídos en el Padrón de Argentinos residentes en el exterior, ¿están obligados a votar ?

No. El voto es voluntario.

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