La información pública pertenece a los ciudadanos: importante fallo de la Corte Suprema

El gobierno de CFK se negó a publicar decretos secretos de la dictadura militar. El periodista Claudio Savoia obtuvo un memorable fallo de la Corte Suprema que descalifica esa absurda decisión y reivindica el derecho de todos a informarse de los actos de los gobernantes.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de emitir un fallo de especial trascendencia para la libertad de prensa y para el derecho de todos los ciudadanos a acceder a la información pública.

Resumimos muy brevemente los hechos. En mayo de 2011, el periodista Claudio Savoia solicitó al gobierno de entonces, presidido por Cristina Fernández de Kirchner, copias de los Decretos emitidos por la dictadura militar entre 1976 y 1983 que no habían sido publicados y se mantenían como secretos.

Recibió como respuesta la negativa de la Secretaría Legal y Técnica presidencial con el argumento de que se trataba de normas de carácter “secreto” y “reservado”.

El periodista no se conformó y planteó un amparo ante la Justicia donde, en primera instancia, le dieron la razón. Apelada la sentencia inicial por el mismo gobierno, la Cámara de Apelaciones la revocó y rechazó el amparo, lo que llevó a Savoia a apelar ante la Corte Suprema, que acaba de resolver el tema: ahora el más Alto Tribunal le da la razón.

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No entraremos en los detalles técnico-jurídicos del caso que son de sumo interés para los especialistas. En cambio planteamos aquí algunas reflexiones sobre el valor de la sentencia para toda la sociedad y su derecho a ser informado sobre todos y cada uno de los actos del Estado.

Es difícil entender las razones de la negativa del gobierno anterior que eligió mantener en secreto Decretos de la dictadura y obligó a un largo juicio para lograr acceder a ellos, sin haber jamás explicado semejante conducta de ocultamiento

La actitud es aún más incomprensible si se considera que, en 2010 (Decreto 4/2010), el mismo Poder Ejecutivo había desclasificado –en teoría- toda la información vinculada con las Fuerzas Armadas durante el período en cuestión.

Luego del pedido del periodista -y encontrándose ya en trámite su amparo por la negativa-, otro Decreto (2013/2012) dejó expresamente sin efecto el carácter reservado y secreto de todas las disposiciones de la dictadura. Claro que esta última decisión presidencial contenía una trampa porque daba a conocer esas normas “salvo las que ameriten mantener dicha clasificación de seguridad”. En otras palabras, se mantuvieron ocultos determinados Decretos sin más fundamento que la arbitrariedad del Ejecutivo y esto es especialmente criticado por el Tribunal Supremo.

El fallo de la Corte Suprema ratifica que hay muchos Decretos del nefasto gobierno militar aún no publicados, sin que el Estado haya fundado su decisión de mantenerlos en la oscuridad

La Corte es terminante al definir que el acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación, es decir que, como regla toda información es accesible –salvo excepciones muy restringidas y justificadas-, “pues el actuar del Estado debe encontrarse regido por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, lo que hace posible que las personas que se encuentran bajo su jurisdicción ejerzan el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento de las funciones públicas”.

En otras palabras, la información nos pertenece a los ciudadanos, es nuestro derecho acceder a ella

En ese sentido hay que resaltar otras dos definiciones valiosas de la Corte:

  • El Gobierno está obligado a entregar la información pedida y sólo puede negarse si expone, describe y demuestra de manera detallada que entregarla puede causar un daño concreto al Estado.
  • Cualquier persona está legitimada para saber cómo se desempeñan los gobernantes y los funcionarios públicos. “La información pertenece a las personas … no es propiedad del Estado y el acceso a ella no se debe a una gracia o favor del gobierno”, dice la Corte, que aclara que el gobierno de turno sólo tiene la información como representante de las personas a quienes debe respetar y a las que debe garantizar su acceso a la información.

El fallo, cuya lectura completa es muy recomendable, implica un importante avance de la libertad de prensa y del acceso a la información pública logrado por un periodista valiente y comprometido, que llevó adelante el caso hasta las últimas consecuencias. Una actitud que debe contagiarnos en la lucha por la efectiva vigencia de los derechos.

La transparencia es un elemento fundamental para evitar abusos de los gobernantes y para combatir el nefasto fenómeno de la corrupción, que necesitó siempre de las sombras para desarrollarse e instalarse como sistema.

  • Alejandro Drucaroff Aguiar es abogado, especialista en ética pública. Escribe columnas en Derecho & Revés, en Buena Vibra y en otro medios.

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