La infracción de tránsito recibida por un hombre al manejar en ojotas sorprendió a muchos mendocinos a pesar de que esta prohibición está expresamente contemplada en la legislación provincial:
Es obligación de los conductores el uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando, de lo contrario se preveé aplicar multas de $ 1.700
Tanto conductores, motociclistas o simples peatones día a día cometemos múltiples infracciones a la Ley de Seguridad Vial. Esto puede traernos, a veces sólo una advertencia y otras una cuantiosa multa.
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En este caso, hablamos de tomar mate manejando, algo que no está permitido y puede generar una sanción económica de hasta $ 17.000.
Es habitual que cuando uno se dispone a salir de paseo sea el acompañante el encargado de proveerle de mates, refrescos o comida al conductor del vehículo. Pero la legislación también sanciona este tipo de situaciones. Lo mismo corre para los choferes de micros de larga distancia, para quienes son habituales estas costumbres.
El decreto Nº 326 es el que reglamenta la ley N° 9.024: allí se contempla que el dominio efectivo de un vehículo incluye “la conducción con ambas manos sobre el volante, salvo al momento de cambio de velocidad o circunstancias de fuerza mayor justificada”
Este tipo de infracciones se consideran “gravísimas”, según explicó el jefe de la Policía Vial, Ernesto Gómez. “Sería como estar hablando por celular”, comentó y agregó:
Una multa por manejar tomando mate puede ir de $ 12.000 a $ 17.000
La ley también establece que esta obligación “se extiende en la conducción de motocicletas, cuatriciclos, cuatriciclos cabinados, triciclos, ciclomotores, motos eléctricas, bicicletas con o sin motor, o similar, donde deberán conservarse ambas manos sobre el manubrio”.
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En uno de los ítems iniciales, el escrito aboga por “la construcción de una red de ciclovías o sendas especiales para la circulación peatonal, de bicicletas o similares”. Pero también establece que “los conductores estarán obligados a utilizarlas”.
Es decir, que ante la existencia de una vía dispuesta para este uso, los ciclistas no deberían utilizar las calles para transitar. A pesar de considerarse una falta quien no la cumpla puede recibir solo un llamado de atención.
Otro artículo que puede provocar sorpresa es que “los peatones en zonas urbanas, únicamente pueden transitar por las aceras u otros espacios habilitados a este fin”.
Está expresamente prohibido que los peatones utilicen la calle para desplazarse aunque se trate de una cuestión cultural muy arraigada en algunas zonas
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“Hay infracciones que la gente comete porque estaba habituada a costumbres que, hoy en día, la densidad demográfica no las permite”, indicó el jefe de la Policía Vial.
En casos de faltas leves, se prioriza el llamado de atención de quienes cometen desobediencias antes de aplicar multas.
“Nuestro objetivo principal no es sancionar. Por ejemplo, de las 500 actas que hace la policía vial por día, solo el 0,3% tiene a ciclistas como responsables”, comentó el efectivo con respecto a las cientos de situaciones con las que se encuentran de forma cotidiana.
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Sin embargo, parece que somos hijos del rigor a la hora de tomar conciencia. “Hizo falta que se hiciera pública la infracción al conductor con un calzado inadecuado para que la gente se diera cuenta de que esta prohibición existe desde hace mucho tiempo”, se lamentó Gómez.
Por lo tanto a la hora de salir a la ruta por más arraigada que tengamos la costumbre de ir tomando mate o comiendo durante el viaje, lo aconsejable es parar en alguna estación de servicio, o en algún parador que tenga árboles y además de hacer un tentempié el conductor designado descansa un poco antes de retomar el viaje al destino planeado.
Recordemos que respetar la Ley de Seguridad Vial salva vidas.
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